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Artículo II

La FIFA gobierna petinentes al contrato de trabajo del atleta profesional

El atleta profesional en el modo de fútbol para la determinación de los instrumentos internacionales en este deporte y también debe Ley 9.615/98 (Ley Pelé) y sus diversas modificaciones, acordando un contrato de trabajo por escrito con una entidad para practicar deportes con el fin de ejercer su actividad plenamente, participando así en los partidos de fútbol organizados por el sistema federado, que está bajo los auspicios de la poderosa Asociación de Fútbol de Fédération Internationale - La FIFA.

Con el fin de que todas las directrices para la correcta formalización de este instrumento se contemplan, las siguientes cualificaciones específicas cabe destacar: Reglamento de Transferencias y Estado del jugador de la FIFA 1171 FIFA Circular - Requisitos mínimos de contrato tipo para los jugadores profesionales de fútbol y, fundamentalmente, la Ley Pelé citada, que establece las normas generales que Tupiniquim deporte.

A veces nos encontramos con el entendimiento de juristas respetables de la mano de obra de la cosecha, y hasta la cosecha de jus-Sport de los reglamentos de la FIFA no será de obligado cumplimiento por numerosos informes jurídicos, sin embargo, con el debido respeto, no podemos compartir esto, tomando como base de nuestra comprensión de la interpretación sistemática del sistema nacional deportivo legal.

Ley Pelé expresó en sus arreglos originales:

"Arte Los primeros deportes de Brasil cubre las prácticas formales y no formales, y obedece las reglas generales de esta ley, inspirada en los fundamentos constitucionales del Estado democrático de derecho.
§ 1 El deporte oficial se rige por las normas nacionales e internacionales de cada modalidad deportiva, con el apoyo de sus organismos nacionales de normas de gestión deportiva. (...) "

Y en el capítulo III se ocupa de la naturaleza y los propósitos del deporte:

"Arte 3 El deporte puede ser reconocido en cualquiera de los siguientes eventos:

(...)

III - el deporte de rendimiento, practicado de acuerdo con las reglas generales de la presente Ley y las reglas del deporte, la práctica nacional e internacional, con el fin de obtener resultados e integrar las personas y comunidades de este país y los de otras naciones.

Parágrafo único. El deporte de la renta puede ser organizada y practicada:

I - de una manera profesional, caracterizado por la remuneración acordada en el contrato laboral entre el atleta y la organización del deporte; (...) "



Después de un análisis rápido del § 1 del art. 1 de la Ley 9.615/98, así como la fracción III y párrafo único del art. 3 de la citada ley, llegamos a la conclusión de que las normas internacionales para cada deporte son parte de la lista de normas que deben ser considerados para el formal y profesional a esta práctica, y para el caso del fútbol, el deporte más practicado en todo el mundo y se celebra, no es diferente.

Hacemos hincapié, incluyendo el valor de tales calificaciones legislatura ya tratado de armonizar y salvaguardar los vínculos jurídicos y deportivos en todo el país, pero no sólo, sino también a nivel internacional, debido, entre otros factores, a un principio universal de los deportes, principio de la especificidad del deporte.

Para aclarar este entendimiento, tenemos un ejemplo de una situación bastante peculiar del segmento deportivo, las transferencias internacionales de jugadores de fútbol profesionales. No tal situación es común en otras líneas de trabajo, pero nos ocupamos, es algo absolutamente normal. Y si hay una disputa entre entidades de diferentes naciones, las que se aplicará la ley sustantiva y procesal, así como cuál será el órgano competente para resolver un conflicto de este tipo?

En el caso del fútbol organizado federada, la FIFA abraza el poder de decidir ciertas controversias internacionales, entre ellos el ejemplo dado, y examinará el caso de acuerdo a la especificada en el pacto de la ley relación conflictiva, sin embargo, también evalúa toda su reglamentos pertinentes, ponderando la congruencia y la incongruencia, y rechazando violaciónes directos de sus principios, con el fin saludable para salvaguardar la equidad, el respeto y la seguridad jurídica de las relaciones deportivas.

Por último, hay que destacar que más allá de las expresiones de la Ley Pelé, la legislación laboral común es filial porque los diplomas FIFA previamente nombrado ministro tienen en común sólo norte y principios, aun teniendo en cuenta las características culturales, sociales y legales de un "un solo mundo", integrada por más miembros que muchas organizaciones internacionales, el "mundo del fútbol".



Por:


Luiz Fernando Marcondes Aleixo


Estudiante de Doctorado y Máster en Derecho del Deporte de la Universitat de Lleida - Spanya, Licenciado en Derecho por la Facultad de Derecho de São Bernardo do Campo FDSBC, coordinador y profesor de Postgrado Deportes Instituto de Derecho de la Iberoamericana de Derecho Deportivo y Concursos Federales, Presidente del Instituto Iberoamericano de Derecho Deportivo IIDD, Presidente de la Subsección de Derecho Deportivo de Penha de França OAB / SP, miembro de la Ley del Deporte de la OAB / SP, miembro de la Asociación Iberoamericana de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social - AIDTSS, Juez efectivo de la Corte Superior de Justicia de Deportes de São Paulo STJDM, Auditor de la Corte Superior de Justicia Deportiva de la Confederación brasileña de Balonmano - CBHb, Auditor del Tribunal de Justicia de la Asociación de Fútbol Deporte Paulista y el Director General del programa APF Derecho Deportivo en TV Debate Justicia - Tribunal Supremo.


 

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